Blockchain, el impacto en el negocio marítimo

blockchain

El impacto del “Blockchain” en el negocio marítimo.

Un cambio de paradigma logístico (¿y contractual?)

Fue hace unos 60 años cuando lo que hoy conocemos como un “container” se erigió como el estándar mundial de almacenamiento de mercancías para su transporte. Acontecimiento cargado de una buena dosis de pragmatismo que revolucionó la industria marítima y logística, desarrollando nuevas líneas de negocio. Hoy, ha llegado la siguiente revolución…

El presente artículo no tiene por finalidad explicar, una vez más, lo que viene a ser la comúnmente llamada “Cadena de Bloques” o “Blockchain”. Así pues, simple y llanamente, Blockchain es un protocolo informático que se traduce en una serie de registros descentralizados e inmutables en la red, capaces de registrar toda una serie de transacciones – eventos -, quedando dichas transacciones registradas y protegidas por la inalterabilidad del sistema1.

Una vez esbozada una breve definición de lo que viene a ser el Blockchain, lo que aquí nos ocupa es la potencial (y ya actual) aplicación de dicha tecnología al contexto del negocio marítimo, la logística, los seguros… etc., pero, sobre todo, el impacto que ésta tendrá y las consecuencias legales derivadas de ello.

Impacto en la industria logística: Blockchain

Muchas voces se oyen últimamente en el sector respecto a la potencial aplicación del Blochchain en la industria marítima y la logística. ¿Cuáles serían los principales objetivos a batir? El primero, acabar con el abusivo número de trámites que han de llevarse a cabo cuando el barco X sale del puerto de Valencia para descargar su mercancía en Jebel Ali, haciendo trasbordo en Gioia Tauro (tómese este como un hipotético ejemplo práctico).

Ejemplo real, el de una conocida compañía naviera que, en 2014, llevando a cabo un transporte de rosas y aguacates desde Holanda a Kenia, involucró a unas 30 personas y varias empresas, el cargamento tardó 34 días en llegar, incluyendo 10 de espera por trámites administrativos documentales. Esto se tiene que reducir en aras de mayor eficiencia.

Seguridad jurídica sería el otro objetivo.

Tratar de eliminar las incertidumbres que hay alrededor de toda transacción internacional, que implica un movimiento de mercancías desde un punto A a un punto B, con una transmisión de la propiedad entre vendedor y comprador, con un pago del precio pactado, y una serie de riesgos inherentes al medio de transporte empleado, y que suelen venir asegurados.

Son destacables algunos movimientos en la industria como el de IBM y MAERSK, el gigante de la computación y el gigante de los contenedores han unido fuerzas en aras de la creación de una plataforma basada en Blockchain y aplicable a la industria marítima.

Por otro lado, Hyundai Merchant Marine Co. llevó a cabo una serie de pruebas junto a Samsung SDS Co. usando la tecnología Blockchain. Como último ejemplo, APL Ltd., Anheuser-BUSCH InBev NV, Accenture Plc y otras compañías también han creado una plataforma basada en Blockchain que, según dicen, ahorrará millones de dólares a la industria del transporte marítimo eliminando la necesidad del “papeleo”, tan común en este sector.

Sin embargo, esta tecnología está aún en estado embrionario y muchas compañías se muestran reacias a su adopción debido a factores como el desconocimiento, la inseguridad jurídica alrededor del concepto, la gestión de los datos, o la potencial dependencia en los operadores de dichos sistemas de Blockchain.

Aspectos legales a considerar

Los “smart contracts” o contratos inteligentes son contratos codificados cuya ejecución es automática una vez cumplidas las condiciones establecidas y pactadas por las partes. Así pues, en un contrato inteligente existe un software programado para llevar a cabo una función determinada en base a unas instrucciones previamente introducidas. La información contractual se encuentra guardada en una Blockchain, encriptada y sellada, no pudiendo ser alterada posteriormente por las partes. Se trataría del típico contrato sujeto a una determinada condición, que cuando se cumple, se debe ejecutar. El “smart contract” sería algo parecido, las condiciones a cumplir estarían introducidas en el software y, cumplidas éstas, se ejecutaría automáticamente y de forma irreversible.

Uno de los principales usos es en el área de los seguros, que ya lo están poniendo en práctica. Imaginemos un contenedor reefer con mercancía perecedera, con la carga asegurada bajo un “smart contract”, se introducirían los parámetros del transit time, temperatura y humedad (hoy en día estos datos los comunica el propio contenedor vía satélite) y se programaría para que en el caso de que alguno de los parámetros no se cumpla, se abone automáticamente la indemnización, en el entendimiento de que en tal caso la mercancía se habría echado a perder. Obviamente, esto habría que pulirlo, pero el ejemplo sería ese.

Otro ejemplo podría ser la utilización de “smart contracts” en las compraventas internacionales, sustituyendo a los créditos documentarios como medio de pago. Embarcada la mercancía, confirmado su número y calidad y subido el conocimiento de embarque electrónico al sistema, el software ejecutaría inmediatamente la orden de pago a favor del vendedor.

En lo que a los datos se refiere, muy de moda con el nuevo Reglamento de Protección de Datos, existen una serie de cuestiones a tener en cuenta a la hora de establecer un sistema de Blockchain. Así pues, una cadena de bloques puede ser privada (manejada por una sola empresa), o bien basada en un consorcio/alianza de varias empresas (manejada por varias empresas), o un Blockchain público, por ejemplo, Bitcoin. Dependiendo del caso en el que estemos el régimen jurídico aplicable a los datos almacenados será distinto, tanto para los datos personales como no personales.

En fin, esta tecnología ya está aquí, debemos adaptarnos y sacarle todo el provecho. Hace 60 años los primeros usuarios de contenedores se arriesgaron, y el tiempo les dio la razón. Veremos qué ocurre con el Blockchain.

Scroll hacia arriba