Todos somos conscientes de la avalancha migratoria que se está produciendo actualmente en Europa. Muchas de las persona que viajan buscando un futuro mejor lo hacen por mar, usando incluso botes inflables para cruzar el Mediterráneo.
Al respecto, merece la pena recordar la obligación de los capitanes de buques de prestar auxilio a dichas personas que se encuentran en la mar en situación de peligro (CONVEMAR 1972 y SOLAS 1974).
También es muy importante tener en cuenta que, los Estados Parte de estos Convenios, entre ellos España, a los que llegan buques con gente a bordo a la que se ha prestado auxilio, tienen las siguientes obligaciones:
- Agilizar al máximo el desembarco de dichas personas, y tomar las medidas necesarias para la liberación del buque tan pronto como sea posible evitando retrasos excesivos, perjuicios financieros y aquellas otras dificultades que se puedan ocasionar como consecuencia del auxilio prestado.
- No se debe permitir que ninguna operación o procedimiento que las Autoridades realicen con respecto a dichas personas demore indebidamente su desembarco.
- Facilitar un lugar seguro fuera del buque y la asistencia necesaria, debiendo liberar al buque de dicha responsabilidad.