Los riesgos de exportar residuos a países no comunitarios.

Exportación de residuos a países no comunitarios.

Los riesgos de exportar residuos a países no comunitarios.

Desde hace unos años se ha visto incrementada la exportación de residuos a países no comunitarios, desde Europa a terceros países. Actualmente, uno de los principales importadores es China y en general el sudeste asiático.

El procedimiento para llevar a cabo dichas exportaciones está regulado en el Reglamento 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos.

Dicho Reglamento se aplica a:

  • Transportes de residuos entre Estados miembros dentro de la UE o con tránsito por terceros países.
  • Importaciones dentro de la UE procedente de terceros países.
  • Exportaciones desde la UE a terceros países.
  • Tránsito de residuos por el territorio de la UE que van de un tercer país a otro.

Para determinar el procedimiento a seguir por las partes en cada caso, es necesario conocer la categoría del residuo (lista verde o ámbar) dependiendo de su peligrosidad, tipo de producto y su gestión en destino (valoración o eliminación).

La exportación de estos residuos muchas veces se realiza sin atender ni cumplir con los procedimientos indicados en el Reglamento, bien por una falta de control por las autoridades del país de exportación, bien por falta de información del exportador. El resultado de dichos incumplimientos puede provocar graves problemas para el exportador, el transitario o la naviera que intervenga en la operativa.  

En ocasiones, a la llegada a destino de las mercancías las autoridades de importación rechazan la descarga o la entrada de los contenedores, obligando al retorno de los mismos a origen. Hay que tener presente que, en estos casos, es el exportador quien debe hacerse cargo de la reexpedición a origen y de los gastos asociados al transporte.

Todo ello sin olvidar que este tipo de mercado no es ajeno al fraude. Por ejemplo, autorizaciones de importación falsificadas, en cuyo caso el problema surge tras la descarga en destino, cuando dichas autoridades impiden la importación.

Para evitar que se produzcan este tipo de problemas, aconsejamos como medidas previas al embarque:

  • asesorarse sobre el procedimiento a seguir según la mercancía y destino
  • que tanto el embarcador/exportador como la naviera/transitario se aseguren de la autenticidad de la autorización de destino.

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